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Por Mónica Fernández

Mientras que en el Congreso de la Nación sigue en el candelero el debate entre oficialistas y opositores por la reforma del Impuesto a las Ganancias que regirá a partir de 2017, por ahora la única certeza es que el medio aguinaldo o Sueldo Anual Complementario (SAC), según su denominación formal, que los trabajadores en relación de dependencia ya están recibiendo en sus cuentas a sueldo, está “parcialmente” exento de la retención.

Decimos que parcialmente porque el Gobierno anunció que eximirá del pago del tributo hasta un monto máximo de $15.000 y solo para los trabajadores cuyo sueldo bruto no supere los $55.000 mensuales. Pasando en limpio: quien gana $30.000 no va a pagar impuesto a las Ganancias sobre el aguinaldo, pero quien cobra $50.000, con un SAC de $25.000, va a tener que tributar por los $10.000 de diferencia entre el beneficio que dio el Estado y lo que se lleva en el bolsillo.

Un dato importante a tener en cuenta es que, si por temas administrativos alguna empresa liquidó los aguinaldos antes que la normativa entrara en vigencia (y lo mismo sucede con las jubilaciones y pensiones que paga la Anses), el dinero que no correspondía retener será re-acreditado en las cuentas.

Para quienes de algún modo se benefician, total o parcialmente de la exención, y aunque en diciembre los recursos siempre son pocos y la billetera parece derretirse, este efectivo extra es un pequeño alivio.

Para los empleados que tienen la suerte de cobrar doble aguinaldo, una costumbre que tienen algunas empresas a modo de premio o incentivo a sus equipos de trabajo, el complemento seguramente alcance para algo más que los regalos de Papa Noel. Es buena idea, en esos casos, tratar de hacer (o incrementar si ya se tiene) un pequeño fondo de reserva para atender alguna emergencia económica, desde la “puesta a punto” del auto para salir de vacaciones o la larga lista de uniformes y libros que llega puntual a nuestro mail en el mes de febrero.

Mientras tanto, se espera el resultado del debate en el Congreso, donde la oposición propone llevar el Mínimo no Imponible (es decir el limite debajo del cual no se paga Ganancias) a $48.000 mensuales brutos para los casados y $34.000 para los solteros. El punto en el que hace hincapié el oficialismo, en cambio, es subir menos ese límite (mínimo no imponible) pero bajar las alícuotas con las que se hace el cálculo, que hoy es de 35% para la mayoría de los empleados de la llamada cuarta categoría. La discusión aún está abierta.