¿Qué pasa con los vencimientos de préstamos y tarjetas de crédito? ¿Y los impuestos? ¿Cómo se resuelve el pago de alquileres? Éstas y otras dudas sobre finanzas personales en tiempos de pandemia, en esta nota.
Texto: Mónica Fernández – IG: @tudineroxl
Estos días de aislamiento preventivo y de hacer cuarentena para cuidarnos entre todos nos dan la tranquilidad de estar haciendo lo mejor para nuestra salud. Sin embargo, nos generan mucha ansiedad e incertidumbre respecto de nuestra economía personal o familiar. Esa incertidumbre se agudiza si, además, tenemos un emprendimiento o un comercio, que por estos días está cerrado.
¿Cómo organizar las cuentas? ¿Qué herramientas digitales podemos usar para resolver algunas cuestiones cotidianas? ¿Y qué opciones tenemos si, pese a hacer malabares, no llegamos, por ejemplo, a pagar el alquiler de nuestro local o del espacio que solíamos alquilar para dar clases?
Varias inquietudes se multiplican en estos primeros días del mes. Pero vamos por partes. Y siempre teniendo en cuenta que es un proceso muy dinámico y en el que permanentemente hay nuevas medidas por parte del Poder Ejecutivo para atender las consecuencias de la cuarentena sobre la economía.
Tarjetas de crédito
El Banco Central (BCRA) dispuso que los bancos deberán refinanciar de manera automática los saldos impagos de tarjetas de crédito. Aplica a los resúmenes que vencen entre el 13 y el 30 de abril.
- El monto refinanciado se podrá pagar en 9 cuotas, con 3 meses de gracia para pagar la primera. Es decir que el primer pago se hará en el mes de agosto.
- La tasa de interés nominal anual que apliquen los bancos a sus clientes no podrá ser superior al 43% anual. Acá hay que estar atento al Costo Financiero Total (CFT) que cobre cada banco.
- El saldo refinanciado se podrá cancelar en cualquier momento, total o parcialmente.
Créditos bancarios
Para los créditos hipotecarios que recaigan en vivienda única, rige el congelamiento hasta el 30 de septiembre de la cuota a los valores del mes de marzo. Para el pago de la diferencia entre la cuota que se abonó y la que hubiera correspondido según los ajustes contractuales, no podrán aplicarse intereses moratorios ni punitorios. La diferencia se pagará en cuotas a partir del mes de octubre.
Bancos
Atienden únicamente con turnos y según un cronograma vinculado a la terminación del número de documento. Sólo se pueden hacer trámites con el oficial de cuenta, como retiro de tarjetas de crédito o débito, gestionar prestamos personales, etc. No hay atención por caja, al menos en la semana que va del 13/4 al 17/4.
Cuotas de colegios privados y otras actividades
No hay una medida que regule este tema por parte del Estado. Algunos colegios (pocos) están haciendo un descuento en las cuotas, más que nada como muestra de buena voluntad. No son la mayoría; al menos por el momento. Lo cierto es que los colegios siguen pagando sueldos e impuestos.
Sólo habría algún ahorro en servicios (luz, por ejemplo), quizás en limpieza, o en gastos de materiales, salidas o traslados (por ejemplo, en los micros que llevan a los chicos al campo de deportes). El colegio hay que seguir pagándolo. Y cada institución verá de resolver los problemas de atraso en forma particular.
En el caso de los institutos de inglés sucede algo similar, y, en general, están dando clases de modo virtual. Gimnasios o actividades extra curriculares ameritan un acuerdo entre las partes.
Impuestos y vencimientos de AFIP
Están prohibidos los cortes de servicios públicos (gas, luz, agua) por falta de pago a los segmentos de la población de menores ingresos. No aplica para el resto de la población.
Además, para el segmento más vulnerable, no se podrá cortar de modo total el servicio de telefonía, Internet y televisión satelital o por cable. Las empresas deben mantener un servicio básico.
Por otro lado, la AFIP prorrogó hasta el 30 de abril la fecha límite para cargar deducciones de Ganancias y datos de pluriempleo en el formulario Siradig, por el año fiscal 2019. Es un trámite que se hace únicamente de forma online.
Por el momento, aunque muy esperados, no hay anuncios respecto de rebajas o eximición de pago de monotributo y autónomos, dos segmentos muy afectados por la falta de actividad. Las únicas novedades que se saben hasta ahora refieren al anuncio de la AFIP sobre que ningún monotributista va a ser dado de baja de ese regimen por falta de pago. También se suspendieron las exclusiones del monotributo, es decir los limites de facturación estipulados para el monotributo.
ARBA
Anunció esta semana que se prorrogan para el 10 de junio los vencimientos de cuotas y/o anticipos correspondientes a abril de planes de pago vigentes. Asimismo, el vencimiento de mayo pasará a julio, y así sucesivamente.
La agencia de recaudación de la Provincia de Buenos Aires ya había postergado el vencimiento del Impuesto Inmobiliario Urbano del mes de abril (cuota 2) para el mes de mayo. También postergó el pago de Ingresos Brutos.
Sueldos de personal doméstico
Otra inquietud frecuente es cómo pagarle a la persona que trabaja en casa, que no suele estar bancarizada. Una alternativa, para que ella pueda hacerse del dinero, es utilizar el servicio de retiro de efectivo sin tarjeta que ofrecen todos los bancos a través de las dos redes de cajeros automáticos: Banelco y Link.
Quien va a enviar el dinero lo hace desde su home banking. Sólo necesita el DNI de la persona que va a recibirlo y lo gestiona desde la solapa que dice “Extracción sin tarjeta”, “Cash Express”, o el nombre que le de cada entidad. El banco generará un código de xxx dígitos, que la persona que recibe el dinero deberá ingresar en el cajero automático, junto con su numero de documento. Hay que tener en cuenta que los códigos sólo sirven para la red a la cual pertenece el banco. Es decir, si la operación se hace desde el homebanking de Provincia, Nación o Ciudad (por poner algunos ejemplos), el dinero deberá retirarse en cajeros Link. Si se hace a través de banco privados, deberá buscarse el efectivo en un cajero Banelco. Para mayor detalle, ver el instructivo.
Teniendo en cuenta que los cajeros están sobrepasados de gente, otra alternativa que puede resultarles útil es hacerlo a través de Mercado Pago o alguna otra billetera virtual. Hoy en día, todos los celulares dan acceso a bajarse apps y operar a través de ellas. En este caso, será necesario que a quien vamos a pagarle se abra una cuenta, por ejemplo, en Mercado Pago y genere su Clave Virtual Uniforme (CVU), que es algo similar al CBU de los bancos. Es muy sencillo y en pocos pasos. Podemos transferirle a esa cuenta desde nuestra cuenta bancaria, con tarjeta de credito, desde un Pago Fácil o Rapipago, o desde el dinero que tengamos en nuestra propia cuenta de Mercado Pago. Lo que hay que tener en cuenta en estos casos es el plazo de acreditación y comisiones que pueden aplicar. Siempre con dinero que está depositado en Mercado Pago es inmediato y gratuito.
Alquileres
El valor del alquiler se congela (en el caso de que justo en los próximos meses venciera el contrato o correspondiera actualización por contrato). Y no puede haber desalojo por mora o incumplimiento hasta el 30 de septiembre.
Ahora bien, no es para todos. Y la diferencia que pudiera haber entre lo que efectivamente se pague de abril a septiembre y el valor que hubiera correspondido abonar habrá que pagarlo más adelante con un interés compensatorio. Lo que no habrá es penalidad por esa mora. La diferencia se pagará en 3 y hasta 6 cuotas a partir de octubre.
Básicamente entran bajo este paraguas protector los siguientes.
- Alquiler de la vivienda única.
- Locales comerciales o industriales alquilados por monotributistas.
- Inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.
Pero lo que beneficia a algunos le complica la economía a otros. ¿Qué pasa cuando el locador, es decir el dueño del inmueble, vive de ese ingreso o lo utiliza a su vez para el pago de otros servicios? En ese caso el espíritu del decreto presidencial es que pueda haber un acuerdo y negociación entre las partes previa a una mediación formal. Lo ideal en estos meses será que primen el sentido común y el diálogo entre las partes.
Créditos hipotecarios
Las cuotas de los créditos se congelan al valor del mes de marzo y se suspenden las ejecuciones por mora o incumplimiento. Es un aire, pero vale saber que la diferencia entre la cuota ajustada que se debía pagar en los proximos meses y el valor efectivamente pagado habrá que saldarlo una vez pasadas las medidas de emergencia por la pandemia. Será también en 3 cuotas, a partir de octubre.
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